La RIPD aprueba sendos documentos sobre Inteligencia Artificial y Protección de Datos Personales

Reino de España

Recomendaciones Generales para el Tratamiento de Datos en Inteligencia Artificial

La inteligencia artificial (en adelante “IA”) ha generado muchas expectativas sobre su impacto económico, científico y social, razón por la cual ha estado en la agenda los Gobiernos, la industria, la academia, las organizaciones de la sociedad civil y las autoridades de protección de datos personales.

Los datos personales son esenciales para la IA porque se han convertido en un insumo crucial para el funcionamiento de algunos sistemas de inteligencia artificial. En efecto, la IA involucra la recolección, el almacenamiento, análisis, procesamiento o interpretación de enormes cantidades de información (big data), que es aplicada para la generación de diversos resultados, acciones o comportamientos por parte de las máquinas.

Surge la preocupación que el uso de información de carácter personal para el desarrollo de la IA sea respetuoso de los derechos humanos y del marco normativo aplicable al tratamiento de datos personales. Así, cuando un software, producto o dispositivo de IA requiere en alguna etapa de su desarrollo o funcionamiento de datos personales, los fabricantes de los mismos deben respetar la regulación especial sobre la materia, compuesta tanto por las normas locales del país respectivo, como por el conjunto de principios y derechos creados por documentos emitidos por organizaciones internacionales.

Para tratar de dar una respuesta adecuada desde nuestras competencias como autoridades de protección de datos, la RIPD ha elaborado unas “Recomendaciones generales para el tratamiento de datos en la inteligencia artificial” cuyo objetivo es presentar algunas sugerencias a quienes desarrollan productos de IA, con el fin de orientarlos para que desde el diseño del producto se tengan en cuenta las exigencias de las regulaciones sobre tratamiento de datos personales. Por lo tanto, las mismas solo son aplicables a ese tipo de información –datos personales- y no a cualquier información en general.

Estas recomendaciones tienen un enfoque preventivo y parten del supuesto según el cual la mejor forma de proteger los derechos humanos comprometidos en el tratamiento de datos personales es evitando su vulneración.

Para conocer los detalles de la implementación de algunas de estas recomendaciones, la RIPD ha elaborado unas directrices complementarias y más detalladas contenidas en el documento denominado “Orientaciones específicas para el cumplimiento de los principios y derechos que rigen la protección de los datos personales en los proyectos de Inteligencia Artificial”.